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¿Quién tiene la obligación de registrase en el REPSE?

 

 

La STPS dio a conocer algunos criterios a tomar en cuenta para el cumplimiento de las obligaciones en materia de registro en el REPSE para las personas físicas o morales que ejecuten servicios u obras especializadas, en el marco de la reforma en materia de subcontratación.

 

Dicho documento señala que los obligados a inscribirse son aquellas empresas especializadas (contratistas), que proporcionen o pongan a disposición trabajadores propios en beneficio de otra (contratante), considerándose como tal cuando:

 

* Uno o varios subordinados llevan a cabo los servicios especializados en un espacio o centro de trabajo (propiedad, bajo la administración o responsabilidad del contratante) distinto de aquel con quien guardan una relación laboral (contratista).

 

* Los trabajadores desempeñen sus labores en las instalaciones de la contratante de manera permanente, indefinida o periódica, y

las labores se realicen en las instalaciones de una empresa, establecimiento o centro de trabajo por personal ajeno de la contratante, suponiéndose ello como un indicio de servicios especializados.

 

Asimismo, la STPS estableció los siguientes criterios que puedes ver a continuacion: